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http://repositorio.ugto.mx/handle/20.500.12059/5073
Título: | Tratamiento Fiscal de Prestamos entre Personas Físicas y Morales |
Autor: | SANJUANA CERROBLANCO VASQUEZ |
Contributor: | Ma. Guadalupe Olvera Maldonado |
Resumen: | En la actualidad los empresarios crean empresas como parte de un grupo, para poder apoyarse unas con otras en actividades complementarias que les permitan crecer como grupo y apoyarse con financiamientos, lo que pueden generarles beneficios como financiamientos de manera rápida y sin tanta burocracia o garantías exageradas, y con ellos obtener capital de trabajo para ser generadoras de utilidades consolidándose como grupo. Para ello, se otorgan préstamos entre ellas por lo que es importante e indispensable que cada empresa tenga su soporte contable, fiscal y legal de estas operaciones para evitar riesgos que pudiera presumirse ingresos omitidos. Es importante, documentar los préstamos de dinero a través de Contratos de Mutuo donde se señale a detalle la forma y plazo para su pago; y de preferencia que exista un pagaré que forme parte del mismo contrato y que consideren una tasa de interés. El SAT (Sistema de Administración Tributaria ) puede revisar en cualquier momento nuestras cuentas bancarias y nuestra contabilidad de manera remota y electrónica, a fin de considerar como ingresos acumulables aquellos depósitos bancarios que no podamos comprobar que son ingresos que ya pagaron impuestos; no basta tener firmado un Contrato de Mutuo ante fedatario público para evitar una presunción de ingresos, ya que además se necesita tener el debido respaldo contable y bancario que podría ser revisado por el SAT. El celebrar un contrato puede ayudar a dar certeza jurídica y contable a una relación comercial entre empresas del mismo grupo en donde existan múltiples entregas de dinero, entre acreedores y deudores recíprocos. Los préstamos de los socios y accionistas respecto de una sociedad también deben están debidamente registrados contablemente y respaldados legalmente con un Contrato de Mutuo, para evitar que se puedan considerar como una deuda a cargo de la sociedad y por lo tanto generar un efecto fiscal que afecte las finanzas de la sociedad o de sus accionistas. Todo contrato de préstamo debe cumplir con los siguientes requisitos fiscales: 1.- Razón de negocios, esta se da plasmando en los contratos de préstamos la tasa de interés que se va a cobrar, pues ninguna operación financiera se hace para perder dinero la razón de negocios es tener el soporte de que con cada operación realizada se generara un beneficio o una utilidad, es por ello que no se puede pueden hacer préstamos sin interés. 2.- Fecha Cierta, esta se genera cuando dos personas físicas o morales firman un contrato de préstamo, pueden establecer que lo hacen en determinada fecha, esta fecha puede coincidir o no con el día en que en realidad se firma el documento y nada impide que las fechas no coincidan, siempre y cuando sea un acuerdo mutuo entre las partes. (Resolución del 06 de Diciembre del 2019. Gaceta del Poder Judicial de la Federación del 09/12/2019). La fecha cierta se puede dar mediante tres formas: a) Se inscriba en el registro Público de la Propiedad. b) Se presente ante un fedatario Público. c) A partir de la muerte de cualquiera de los firmantes. 3.- Materialidad del Acto, se da con el comprobante de la transferencia de dinero o con el estado de cuenta donde aparezca el traspaso del dinero. Así mismo si las empresas y sus socios contemplan todos los requisitos contables, fiscales y legales para soportar sus operaciones de financiamiento podrán hacer frente a cualquier revisión por parte del SAT pudiendo soportar todas y cada una de las operaciones realizadas como prestamos entre las empresas del mismo grupo o de sus accionistas. |
Fecha de publicación: | 4-jul-2020 |
Editorial: | Universidad de Guanajuato |
Licencia: | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 |
URI: | http://repositorio.ugto.mx/handle/20.500.12059/5073 |
Idioma: | spa |
Aparece en las colecciones: | Maestría en Fiscal (CCS) |
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